Empleo doméstico, el más precarizado de la clase obrera femenina (PARTE I)

En el marco de la crisis socioeconómica nuestros derechos retroceden cada día. La ofensiva del régimen con recortes y ajustes incrementa las desigualdades, dando lugar a una mayor precarización de la clase trabajadora.

¿Por qué hablar de las trabajadoras del hogar y del cuidado? Porque el empleo doméstico es uno de los trabajos más precarizados de la clase obrera femenina.

Las mujeres somos quienes más sufrimos las consecuencias: un mayor nivel de precariedad, a la vez que en el Estado español la brecha salarial entre hombres y mujeres es aproximadamente de un 19,3%. Y es que a la vez que tenemos que adaptarnos a peores condiciones laborales, seguimos siendo quienes nos tenemos que hacer cargo del cuidado de nuestros hijos, padres, abuelos. Son múltiples las estrategias para sobrevivir y muchos los trabajos no visibilizados que ejercemos para llegar a fin de mes. Tareas domésticas y de cuidado vitales para la reproducción de la sociedad pero de las que no se responsabiliza el Estado.

En este contexto queremos hacer visible uno de los sectores más precarizados de la clase trabajadora, el cual está formado principalmente por mujeres -aproximadamente entre un 90- 95% en el Estado Español-, y en su mayoría inmigrantes.

El empleo del hogar y del cuidado sigue sufriendo una grave discriminación y estigmatización, a la vez que, a pesar de los cambios en las normativas laborales del sector, sigue recayendo en la llamada economía sumergida. Las mujeres que trabajan en ello viven situaciones de explotación laboral, de inestabilidad, con sueldos bajísimos no llegando en ocasiones al Salario Mínimo Interprofesional o jornadas laborales larguísimas. Son demasiadas las situaciones de semiesclavitud en que viven estas trabajadoras tratadas como criadas, chachas, sirvientas o esclavas.

La sobreexplotación legitimada por el Estado y las instituciones

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) considera como empleada del hogar aquella “trabajadora a tiempo parcial o completo en un hogar o residencia privada, que realiza tanto tareas de limpieza, cocina o jardinería, como tareas de cuidado de aquellas personas del hogar que lo requieran, como niños o personas mayores”.

Actualmente, el Estado Español tiene registradas a más 700.000 empleadas del hogar, de las cuales aproximadamente solo unas 400.000 están afiliadas en la seguridad social. Sin embargo, son muchas más las mujeres que trabajan en negro y que escapan de los registros oficiales.

La OIT estima que en todo el mundo hay 53 millones de trabajadoras y trabajadores domésticas; un 83% son mujeres. En el año 2011 se aprobó desde la OIT un Convenio sobre Trabajo Decente para las Trabajadoras y Trabajadores Domésticos con la finalidad de establecer unos criterios internacionales y unas pautas mínimas comunes para mejorar las condiciones de los millones de mujeres que desempeñan en el mundo un trabajo doméstico remunerado. Las pautas que se establecen son mínimas, sin embargo tal Convenio aún no ha sido ratificado por muchos países como es el caso del Estado Español.

El trabajo doméstico y de los cuidados sigue siendo uno de los más desprotegidos a nivel legal. En la actualidad seguimos reivindicando derechos tan básicos como el acceso a la prestación por desempleo, o que se elimine el despido por desistimiento -por el cual se nos puede despedir sin que se alegue causa alguna.

Aún en pleno siglo XXI nos encontramos en situaciones de explotación y abuso totalmente anacrónicas. Tanto es así que hasta enero del 2012 el empleo doméstico no era considerado legalmente como un trabajo, donde no hacían falta contratos por escrito, no estaba garantizado el Salario Mínimo Interprofesional, ni las vacaciones retribuidas, pagas extras,descansos para las que trabajan como internas, bajas o la cotización a la Seguridad Social. Antes del año 2012 se regía por el Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto, por el que se regulaba la relación laboral de carácter especial del Servicio del Hogar Familiar.

Con la nueva normativa (Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar (BOE-A-2011-17975), en vigor a partir del 1 de enero de 2012 las empleadas de hogar pasan de estar en un Régimen Especial a entrar en el Régimen General de la Seguridad Social. Entre otras mejoras empieza a ser obligatorio que las familias que contraten una trabajadora doméstica le garanticen la afiliación a la Seguridad Social, pero como sabemos en muchas ocasiones esto no se cumple. Con esta medida, el antiguo Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero quiso, según palabra del ex-ministro de Trabajo Valeriano Gómez, “dignificar la profesión”. Sin embargo, pasados los años se demostró que las mejoras fueron totalmente insuficientes.

Sin ir más lejos, el 1 de abril de 2013 entró en vigor un nuevo decreto (Modificado en el Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social por el cual se modificaba la obligatoriedad de alta a la Seguridad Social por el empleador en el caso que la empleada trabaje menos de 60 horas mensuales. Un decreto considerado por las diferentes organizaciones y sindicatos de empleadas domésticas como un grave retroceso, sobre todo para aquellas trabajadoras que están a tiempo parcial y por horas en distintos domicilios a la vez.

Seguimos siendo un sector olvidado por las grandes organizaciones sindicales. Es por ello que existen muchos colectivos, organizaciones y sindicatos específicos de trabajadoras domésticas que siguen denunciando las situaciones de explotación que sufrimos, así como la total desprotección legal por parte del Estado. Organizaciones como por ejemplo, Sindillar -un sindicato de empleadas del hogar y del cuidado que existe desde el año 2011 en Catalunya- siguen luchando por el reconocimiento de derechos tan básicos como:

• Total inclusión de todas las trabajadoras al Régimen General de la Seguridad Social.
• Exigencia del derecho a la prestación por desempleo.
• Eliminación del pago por especies -con comida o alojamiento- que en la actualidad aún puede suponer un 30% del salario.
• Derecho a vacaciones anuales y a los descansos semanales garantizados para todas las trabajadoras.
• Mejora de la tabla salarial.
• Eliminación del despido arbitrario que eufemísticamente se llama por “desistimiento patronal”, entre otros derechos.

La desprotección y vulnerabilidad de las trabajadoras domésticas

El empleo doméstico y del cuidado es un trabajo que se realiza en el ámbito privado y de forma aislada en cada uno de los hogares. Si a ello le sumamos una regulación deficitaria que no protege ni laboral ni socialmente a las trabajadoras, es muy fácil que haya un grado de informalidad en la relación laboral donde no se garantizan el cumplimiento de unos derechos mínimos. Por ejemplo, no hay una definición clara de cuáles son las tareas a realizar, los horarios y la duración de la jornada laboral, o los períodos de descanso.

Una situación común donde el contrato laboral muchas veces se convierte en papel mojado ya que no se cumplen las condiciones que éste establece. Y una situación que evidentemente se agrava muchísimo más para todas aquellas mujeres que trabajan de manera sumergida.

Los casos más extremos se dan para las empleadas de hogar que trabajan en régimen interno -aquellas que están a tiempo completo y que tienen como condición residir en el propio domicilio donde trabajan. Según la ley las empleadas internas tienen que librar al menos 36 horas semanales ininterrumpidas, pero en realidad hay muchas mujeres que descansan pocas horas semanales. Además, no se respeta sus descansos diarios reglamentados, donde la jornada puede llegarse a prolongarse las 24 horas –por ejemplo, cuando tienen a cargo una persona anciana que necesita unos cuidados constantes-.

Tampoco se garantizan inspecciones de trabajo en los domicilios ni tampoco en las agencias de servicios domésticos, por lo que se dan amplias situaciones de abuso que no salen a la luz. Las trabajadoras pocas veces se atreven a denunciarlo por miedo al despido –recordemos que la ley legitima el despido arbitrario sin alegar motivo alguno. Y no olvidemos que una gran mayoría de las empleadas de hogar son inmigrantes, cosa que supone un mayor grado de vulnerabilidad ya que el miedo al despido también se convierte en un miedo a no poder renovar la documentación como residente, en caso de que tengan, o peor aún, un miedo a que les echen del país en caso de no haber regularizado aún su situación.

Por otra parte, el hecho de que no exista ningún tipo control ni inspecciones de trabajo, hace que muchas veces no solo no se respeten unas condiciones laborales mínimas, sino que también se den situaciones de abuso como el acoso sexual, la violencia, la humillación, el maltrato, prejuicios y vejaciones de carácter racista y clasista, y una vulneración de los derechos que resulta difícil de probar y combatir.

Según un el Informe “Acoso sexual y mujeres migradas. Trabajadoras del hogar” de junio de 2014 Realizado por Consultoria Sortzen y la Asociación Mujeres en Voz, un 22% de las mujeres que trabajan como empleada de hogar reconoce haber sufrido acoso sexual en su trabajo. Situación que se intensifica con las mujeres inmigrantes, tal como analizaremos en la parte II de este artículo.

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